- Si celebro una promesa de compraventa en lo que queda de
este año, ¿pago IVA al momento de comprar?
Si vendo mi casa o departamento, ¿pago IVA?
Si compro una casa o departamento con un subsidio del
Ministerio de Vivienda, ¿pago IVA?
Si compro una casa o departamento usado, ¿pago IVA?
Si compro un departamento o casa el próximo año, ¿en qué
casos no pago IVA?
No, independiente de que la compra definitiva se haga el 2016, 2017
o cualquier otro año. Lo relevante es que yo haya firmado válidamente
una promesa de compra antes del 1 de enero de 2016.
No pago IVA si no soy vendedor habitual, que es lo que ocurre en la
mayoría de los casos.
No. Si recibí un subsidio para comprar una casa o un departamento,
independientemente del monto que haya alcanzado el subsidio, no
pago IVA.
No pago IVA si le compro a un vendedor que no es habitual, como
ocurre en lamayoría de los casos, independiente si la compra la realizo,
en 2016, 2017 o más adelante. Si le compro a un vendedor habitual,
como una inmobiliaria, sí pago IVA.
No pago IVA en los siguientes casos:
• El vendedor no es habitual, no se dedica a la compraventa de
inmuebles.
• Cuento con promesa celebrada válidamente antes del 1 de enero de
2016.
• La propiedad tiene permiso de edificación otorgado con anterioridad
al 1 de enero de 2016 y su construcción finaliza durante ese año. En
otras situaciones, sí pago IVA.
La ministra de Trabajo, Ximena Rincón y el director del Instituto
de Seguridad Laboral, Jaccob Sandoval llamaron a los pequeños
y medianos empresarios (Pymes) a cobrar los excedentes que
generó el pago de seguro obligatorio contra accidente laboral.
Los dineros comenzaron a pagarse el 1 de diciembre de este año
hasta el mes de febrero de 2016.
Tras visitar a un pequeño comerciante que recibió pagos por
este concepto, la secretaria de Estado explicó que“es una buena
noticia porque es dinero que, por desconocimiento, muchos no
sabían que lo tenían” y “se paga a quienes OPORTUNAMENTE
realizaron el pago del seguro para sus trabajadores”.
Añadió que “la seguridad social es parte de nuestra vida en el
trabajo. Cuando somos empresarios emprendedores debemos
cumplir con la ley y cuando por error se hace una cotización en
exceso esta se devuelve”, indicó.
La titular del Trabajo explicó que “las empresas afiliadas al ISL –
unas 215 mil a nivel nacional- cotizan sobre la base imponible
obligatoria que es el 0,95 por cada trabajador, más un adicional
por la accidentabilidad que tienen las empresas. Esa sobre
cotización, producto de cálculos equivocados, arroja excedentes
que hoy se están pagando”.
El ISL se encuentra en pleno proceso de pagos que varían entre
los 5 y los 600 mil pesos en promedio y beneficiará a más de 23
mil personas por unmonto total de 6mil millones de pesos.
Los dineros comenzaron a pagarse el 1 de diciembre de este año
hasta el mes de febrero de 2016. El trámite se hace vía online
ingresando a la
páginawww.isl.gob.clMinistra Rincón llamó a las Pymes a cobrar
excedentes por pago de seguro obligatorio
contra accidente laboral
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