Background Image
Table of Contents Table of Contents
Previous Page  33 / 54 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 33 / 54 Next Page
Page Background

“La libertad está en ser dueño de tu propia vida.”

Platón

Las grandes empresas deberán ser las primeras en incorporarse al sistema, y

corresponden a aquellas con ingresos anuales por ventas y servicios en el último año

calendario superiores a las 100.000 UF.

Para convertirse en facturador electrónico, las empresas podrán optar entre dos

sistemas: Sistema de Facturación Gratuito del SII y Sistema de Facturación Propio

o de Mercado.

Si usted ya emite documentos electrónicos autorizados por el SII, deberá tener

presente que NO deberá volver a inscribirse para facturar electrónicamente. Por otra

parte en caso que necesite emitir Facturas de Compra, Liquidaciones Facturas, Notas

de Débito y Notas de Crédito, tenga presente que deberá hacerlo exclusivamente en

formato electrónico, de acuerdo a los plazos establecidos por la ley.

Los plazos de ingreso indicados por la ley son fijos, y están determinados por los

ingresos percibidos por la empresa durante el año calendario anterior y, además, si su

ubicación corresponde a una zona urbana o rural. Sin embargo, dado que los ingresos

anuales de una empresa son variables, la clasificación de la misma puede cambiar,

modificando su etapa de ingreso, situación que será informada oportunamente.

A los contribuyentes obligados a facturar electrónicamente a partir del 1° de noviem-

bre de 2014, se les envió un correo avisándoles de dicha obligación. Además, en

cualquier momento el contribuyente, que está obligado a facturar electrónicamente a

partir del 1° de noviembre de 2014, puede ingresar a la opción Mi Sii de la página

web del Servicio, con su Rut y clave y realizar la consulta.

Beneficios

de la facturación electrónica

Ahorro de tiempo y dinero.

Elimina el riesgo de pérdida de

documentos.

Permite almacenar documentos

tributarios electrónicos (DTE’s)

digitalmente.

Permite realizar cesión de

facturas en forma simple y en

línea (Factoring).

Mejora la rapidez y confiabili-

dad de su proceso de factura-

ción.

Mejora la imagen de credibi-

lidad y transparencia de su

empresa.

Permite diferir el pago del IVA

por internet del día 12 al 20 de

cada mes.

Exime de la obligación de tim-

brar las facturas y otros

documentos tributarios en las

oficinas del SII.

Para mayor información los invitamos a

visitar el sitio we

b: http://home.sii.cl/

La Ley N°20.727 de 2014 establece el uso obligatorio de la factura electrónica, junto

a otros documentos tributarios electrónicos como liquidación factura, notas de débito

y crédito y factura de compra. Los plazos que tendrán las empresas para adoptar este

cambio dependerán de sus ingresos anuales por ventas y servicios y de su ubicación, si

esta corresponde a una zona urbana o rural.

1

2

3

4

5

6

31