El mejor de los escenarios
Actualmente la ASECH anunció que se encuentra reuniendo a los
distintos afectados por el caso ya explicado, para iniciar una ac-
ción legal directamente contra Google, a quien acusan de actuar
de forma discriminatoria cerrando acuerdos con empresas de Ma-
yor Tamaño en los cuales se establecía que dichos contribuyentes
retendrían el 35% de lo pagado correspondiente al Impuesto Adi-
cional, cumpliendo con su obligación tributaria.
Lo anterior, acusan, nunca fue informado a las empresas de Me-
nor o Mediano Tamaño, por lo que señalan que existiendo ante-
cedentes sobre el impuesto al cual se encontraba afecto el servicio
contratado, éste no fue informado debidamente a los contratantes,
imponiendo diferencias entre los usuario.Por ahora no existe ma-
yor información sobre los argumentos que utilizarán los afecta-
dos reunidos por la ASECH para fundamentar su demanda, sólo
se sabe que se encuentra en contacto con un estudio experto en
temas internacionales. De todas formas, se ha publicado, que el
objetivo final de la demanda es lograr que Google devuelva los
dineros para quienes ya pagaron y a quienes no lo han hecho, se
le apliquen descuentos.
Otro dato. En un caso similar, y mediante Oficio Nº362 de fecha
25 de Febrero de 2014 el SII señaló que los servicios de publi-
cidad ofrecidos a través de páginas web por sociedades que no
tienen domicilio ni residencia en Chile, en este caso Facebook,
se encuentran afectos a una tasa del 35% según lo señalado en el
artículo 59 de la LIR.
Todo esto nos hace presagiar que no será fácil para los emprende-
dores el llegar a buen puerto con la demanda. Es un impuesto que
está claramente establecido en la ley y la interpretación que le han
dado algunos respecto a que este es un programa computacional
es una opción, algo rebuscada. Por ende un descuento a la actual
deuda parece un buen panorama, difícil pero que podría ser el
mejor escenario, antes que enfrentar multas que lleven a la desa-
parición de pymes por un desconocimiento de la norma.
Para futuro, también es importante destacar el rol que debe jugar
cualquier entidad gremial que reúna a emprendedores. Muchos
de ellos, por su condición, requieren más que una manito, necesi-
tan un consejo y una buena asesoría, esa que de la tranquilidad a
quienes forman sus empresas, y que no dependan de la nerviosa
espera de enfrentar un juicio colectivo, que de ante mano, se ve
muy complicado.
Las leyes tributarias son complejas y para quienes hacen em-
presa, sean del tamaño que sean, son el ABC del futuro de sus
negocios. Una muestra de esto es la pugna que por estos días
enfrenta a la Asociación de Emprendedores de Chile (ASECH)
con Google. Según la entidad gremial son más de 400 los afecta-
dos por 50 US$millones, producto del que califican un “injusto”
cobro de impuestos por el uso de AdWords, forma publicitaria
de la cual esta organización acusa que no fueron debidamente
informados por el SII, ni por la multinacional.
Conflicto de larga data. Ya en julio del 2012, el Servicio de Im-
puestos Internos (SII) solicitó a Google información sobre los
usuarios de su servicio AdWords o AdSense en el país, con el
objetivo de realizar un control de aquellos contribuyentes domi-
ciliados en Chile que estuviesen pagando por servicios ubicados
en el exterior. Frente a esto Google Inc., envió un correo a todos
sus usuarios de AdWords dando aviso del requerimiento del SII
y recomendando que contactasen a un abogado para entender
la extensión de lo solicitado.
Recibida dicha información, el SII giró y realizó el cobro del
Impuesto Adicional a dichos usuarios, más sus respectivos re-
ajustes, intereses y multas, en atención a que la prestación de
servicios contratada por los contribuyentes se encuentra afecto a
una tasa del 35% por considerar que son “Servicios Publicitarios
contratados en el Extranjero” y que debe ser retenido y pagado
por quien efectúe el pago de dichas remesas. Esa norma, para el
lamento del argumento de la ASECH, es clara.
Es bueno recordar que producto de la discordia señalada, con
fecha 26 de Diciembre de 2013, algunos afectados reunidos y
patrocinados por la ASECH, interpusieron una demanda en con-
tra del SII argumentando que este actúo de manera arbitraria y
discriminatoria en este caso, por lo que solicitaron la Nulidad
del ActoAdministrativo. Dicha demanda se interpuso ante el 28º
Juzgado Civil de Santiago el día 26 de Diciembre de 2013 y no
prosperó, siendo retirada la misma con fecha 26 de Marzo de
2014.
www.revistaemprende.cl“La mente es como un paracaídas, no sirve de nada si no se abre”
Anónimo
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